Para los efectos de las normas de trabajo, se entiende por empresa la unidad
Artículo 16.-
económica de producción o distribución de bienes o servicios y por establecimiento la unidad técnica que
como sucursal, agencia u otra forma semejante, sea parte integrante y contribuya a la realización de los
fines de la empresa.http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125.pdf
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